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DEFECTOS CONSTRUCCION EN OBRA NUEVA, COMPRADA A PROMOTOR

D. Carlos J. M.

¿Quién es el responsable de que tu vivienda tenga defectos de construcción?

Cuando en tu vivienda de obra nueva compruebas que existen defectos o vicios de construcción, el responsable es el promotor o empresa promotora que te vendió la propiedad.

El promotor/la promotora es la obligada a reparar y arreglar todos aquellos defectos de obra o de acabado que haya en la vivienda.

Lo importante es que tú le envíes la reclamación al promotor, que al fin y al cabo, es la empresa con la que firmaste el contrato.

¿Qué plazo tienes para reclamar?

El promotor y el constructor de un edificio, están obligados a arreglar los defectos de la obra nueva y de las viviendas que aparezcan dentro de los siguientes plazos:

  • 10 años, para defectos estructurales (estructura, cimientos, etc.) y todos aquellos elementos del edificio que supongan un peligro para su estabilidad.
  • 3 años, si los defectos afectan a la habitabilidad del edificio (por ejemplo, grietas, baldosas en mal estado, humedades, filtraciones, etc.).
  • 1 año, para arreglar defectos de acabado de la obra y pequeños remates, (por ejemplo, si la pintura no está bien, si las persianas o ventanas no cierran bien, grifos que gotean, etc.).

Estos plazos dependen del tipo de defectos y de su gravedad, si no reclamas dentro del tiempo establecido podrías perder el derecho a que te hagan las reparaciones o bien a que te indemnicen.

Hacer la reclamación a tiempo

Cuando te entreguen la vivienda lo primero que debes hacer es revisarla   y hacer una lista con todos aquellos defectos de acabado o mala terminación que encuentres, y enviarla al promotor mediante un medio fehaciente/buro-fax). Recuerda que sólo tienes un año de plazo para reclamar la reparación de los pequeños defectos de acabado.

Si los defectos aparecen pasado algún tiempo, no te olvides de enviar la carta de forma rápida, y nada más comprobar que han aparecido, para evitar que transcurran los plazos de garantía que tienen que cumplir el promotor y el constructor.

Si estos plazos han pasado, no te preocupes, si los defectos son importantes y graves, siempre vas a poder reclamar al promotor por incumplimiento contractual, ya que tiene que responder durante el plazo de 5 años.

Si quieres saber más sobre los plazos de garantía o si ya han transcurrido y tienes graves defectos de construcción en tu vivienda, pregunta a un abogado.

¿Por qué es importante enviar esta reclamación por escrito al promotor?

Porque con el envío de la carta interrumpes o paralizas los plazos legales de prescripción, que se han indicado antes.

Además, ten en cuenta que enviar esta carta reclamando el incumplimiento, demuestra que, si finalmente tuvieras que acudir a un juzgado, tus intenciones eran buenas y que has intentado solucionar el problema.

Recuerda que podrás exigir la reparación de los defectos de construcción siempre que aparezcan dentro de los plazos de garantía (1 año, 3 años, o 10 años). Plazos que empiezan a contar desde la fecha en que se terminaron las obras, y que aparecerá en el acta de recepción de obra por parte del Promotor.

¿Qué tengo que poner en la reclamación y cómo la envío?

Sólo tendrás que redactar una carta indicando los datos del contrato de compraventa que firmaste con el promotor, hacer una lista o describir cuáles son los daños o defectos, y solicitar que los repare en un plazo de tiempo.

En la misma carta también debes advertirle que su incumplimiento te está ocasionando daños y perjuicios, y que por su culpa estás sufriendo molestias y problemas en tu vida, y que puedes llegar a pedir una indemnización.

Para que tengas constancia de que el promotor ha recibido tu carta, la debes enviar por correo certificado con acuse de recibo o bien por buro-fax.