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¿CÓMO COMUNICAR UN IMPAGO DE ALQUILER A UN INQUILINO?

D. Carlos J. M.

Lo cierto es, que únicamente encontrarás respuestas por parte del inquilino si este no te paga, si él las quiere dar y tiene la decencia de proporcionarlas. Sin embargo, si te has topado con un moroso del alquiler, lo más probable es que no conteste a tus intentos de comunicación ni abra la puerta de la vivienda. En estos casos, habrá que dejar el asunto en manos de la justicia e iniciar un proceso de desahucio.                                                                     

Pero debemos saber que una comunicación por email o wasap no tiene validez en caso de tener que ir a juicio, ya que no se considera un medio fehaciente, como el burofax.

¿Por qué?     

Porque el inquilino te puede tener bloqueado y que no le lleguen los mensajes, que no lo lea o que luego borre la conversación y esta no sirva de nada. Se puede utilizar como primera medida frente a los impagos para obtener algún tipo de explicación o solución, pero si el asunto no se resuelve, no servirá de nada.

Entonces, ¿cómo notificar un impago de alquiler?          

Si lo que se quiere es enviar algún tipo de notificación o mensaje a un inquilino moroso, habrá que hacerle llegar un requerimiento de pago por burofax o mediante un notario, cualquier método fehaciente que deje constancia de la recepción de la notificación.  Para que un requerimiento de pago de alquiler sea válido, el mensaje debe cumplir una serie de requisitos formales y de contenido:

  • El requerimiento debe ser por escrito, no es válido un requerimiento verbal
  • Debe incluir los datos de las partes: debe contener una clara identificación del arrendador del inmueble y del inquilino, como nombres, apellidos, dirección de ambas partes, DNI, NIE o pasaporte
  • Detalles del contrato de alquiler: Fecha de inicio del arrendamiento, duración y condiciones de pago
  • Importe de las cantidades adeudadas: Es necesario desglosar las cantidades adeudadas, incluyendo la renta, los gastos comunes y cualquier otra cantidad que se deba según el contrato de arrendamiento, indicando los periodos y si es posible adjuntando copia de las facturas o recibos que demuestren los impagos
  • Plazo: Se debe otorgar un periodo razonable para que el inquilino pague la deuda, normalmente entre 10 y 15 días para que regularice la situación
  •  Notificación del requerimiento: Se debe utilizar algún medio que deje constancia de la recepción, (Burofax con acuse de recibo)
  • Consecuencias de no pagar: Se debe indicar que medidas vamos a tomar si el inquilino moroso no paga; por ejemplo, interponer una demanda de desahucio y la reclamación judicial de las cantidades adeudadas más intereses, costas y gastos
  • Si el inquilino no contesta a esta notificación, no habrá sido inútil, ya que impedirá que se acoja a la enervación del desahucio.

Casos en los que sí sirve el WhatsApp frente a los impagos

Como se menciona anteriormente, el WhatsApp no servirá o no tendrá validez legal en un proceso de desahucio al uso. Pero si servirá para demostrar que se han intentado agotar todas las vías amistosas para solucionar el conflicto antes de tener que recurrir a la vía judicial.

Las comunicaciones que se hayan mantenido por este medio pueden resultar útiles en aquellos alquileres en los que no haya un contrato por escrito, sino verbal. (Cosa que no recomendamos en absoluto)

Los contratos verbales entrañan grandes riesgos, pues todo, en caso de conflicto, queda supeditado a lo que digan las partes. Por ello, en este tipo de contrato se deben guardar y usar todas las pruebas si ocurren percances, como impagos de renta.